1.- Tener la edad reglamentaria (anexo 1, tabla I) en el día del examen, no pudiendo solicitar ningún tipo de de reducción de tiempo para presentarse a examen en cuanto a edad se refiere.
2.- Cumplir con el tiempo estipulado por la Federación (anexo I, tabla II), desde el grado anterior, lo que debe constar en los archivos de la misma. Para acreditar dichos años de práctica de karate federado, se deberán presentar fotocopias de las licencias que justifiquen la totalidad del tiempo exigido, las cuales deberán estar revisadas y comprobadas por la Federación Autonómica correspondiente.
3.- Fotocopias de las licencias expedidas por la Federación demostrativas de los años de práctica federada durante el tiempo transcurrido para cada grado, la última de las cuales deberá corresponder al año en curso (anexo I, tabla III).
4.- Presentar la fotocopia del carnet de grados expedido por la Federación y con los grados debidamente firmados por la persona competente. De manera que el carnet de CINTO MARRÓN debe haber sido firmado por un Entrenador Nacional - Técnico Deportivo Superior o el Director del Tribunal Regional de Grados de la Federación Autonómica correspondiente. El carnet de CINTO NEGRO y sucesivos, por el Director del Departamento Nacional de Grados.
5.- Licencia nacional del año en curso
6.- Fotocopia del D.N.I.
7.- Tres fotografías tamaño carnet
8.- Presentar la solicitud oficial de examen debidamente cumplimentada. Los aspirantes hasta tercer Dan incluido, deberán ir obligatoriamente avaladas con la firma de un Entrenador Nacional o Técnico Superior Deportivo dado de alta en el mismo gimnasio del aspirante, o en su defecto, por el Director Regional de Grados. Los aspirantes a 4º Dan y grados superiores no precisan de aval, estos deberán añadir un Curriculum Deportivo de su actividad en karate junto con la documentación. Los aspirantes tendrán dichas solicitudes a su disposición en las correspondientes Federaciones Autonómicas.
Si el aspirante suspende total o parcialmente el examen deberá dejar transcurrir un tiempo mínimo de tres meses para poder optar a un nuevo examen. No obstante, si únicamente suspendiera alguna fase, el resultado de la primera le será válido durante un año, contado a partir de la fecha en que aprobó dicha fase. Transcurrido el año, deberá repetir el examen completo.
Los aspirantes podrán solicitar, a través de la Federación Autonómica, un informe explicativo de las causas por las que ha suspendido el examen.
9.- Los aspirantes a 5º Dan deberán presentar una tesina sobre cualquier aspecto psico-físico del karate. Dicha tesina, que constará de un mínimo de seis folios y un máximo de diez con un formato que permita la clara legibilidad del documento, deberá estar, por sextuplicado, en la federación Española de Karate, acompañado del curriculum deportivo, dos meses antes de la fecha de celebración del examen. La F.E.K. podrá publicar dicha tesina si lo estima oportuno.
10.- Los aspirantes a 6º Dan, presentarán una tesina de un mínimo de diez folios y un máximo de veinte, que, por sextuplicado y con un formato que permita la clara legibilidad del documento, junto con el curriculum vitae, según el modelo F.E.K. , deberá estar en la Federación Española con dos meses de antelación a la celebración del examen. La F.E.K., si lo estima oportuno y de acuerdo con el aspirante, podrá publicar total o parcialmente cualquiera de las tesinas presentadas.
11.- Abonar la cuota de examen aprobada reglamentariamente.
Exenciones:
- Repetidores de la fase de kumite de los aspirantes a Cinturón Negro.
Reducciones del 50 % de la cuota durante un año a contar desde la fecha en que se declaró No Apto por primera vez a:
- Los repetidores de cualquier fase a partir de primer Dan.
- Los repetidores de la fase técnica de los aspirantes a Cinturón Negro.
12.- Los aspirantes que sean repetidores deberán presentar solamente una nueva inscripción acompañada de 2 fotografías.
13.- Los aspirantes presentarán toda la documentación a su Federación Autonómica, la cual, tras ser comprobada, será tramitada a la F.E.K. junto con la relación de los aspirantes a cada grado con veinticinco días de antelación a a fecha del examen. La documentación de los aspirantes a 5º y 6º Dan será enviada, tras su comprobación, a la F.E.K. treinta días antes de la fecha del examen.
Los aspirantes inscritos que no puedan realizar el examen por causa justificada no podrán recuperar la cuota de inscripción, pero podrán solicitar a la Federación que les exima del pago cuando vuelvan a presentarse. La Federación concederá dicha exención del pago siempre que el justificante se haya presentado en el plazo de 15 días naturales a partir de la celebración del mismo.
IMPORTANTE: La falta de alguno de estos requisitos, excluirá automáticamente al aspirante, no pudiendo presentarse al examen solicitado.
ANEXO I
TABLA I: Edad mínima requerida
CINTO NEGRO - 13 años
1º DAN - 16 años
2º DAN - 18 años
3º DAN - 21 años
4º DAN - 25 años
5º DAN - 30 años
6º DAN - 36 años
TABLA II: Tiempo mínimo reglamentario de permanencia entre grados
CINTO NEGRO - 1 año de cinto marrón
1º DAN - 1 año de cinto marrón
2º DAN - 2 años de 1º DAN
3º DAN - 3 años de 2º DAN
4º DAN - 4 años de 3º DAN
5º DAN - 5 años de 4º DAN
6º Dan - 6 años de 5º DAN
TABLA III. Número de licencias necesarias
CINTO NEGRO - 4 consecutivas ó 5 alternas
1º DAN - 3 consecutivas ó 4 alternas
2º DAN - 2 consecutivas ó 3 alternas
3º DAN - 3 consecutivas ó 4 alternas
4º DAN - 4 consecutivas ó 5 alternas
5º DAN - 5 consecutivas ó 6 alternas
6º DAN - 6 consecutivas o 7 alternas
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Metodología Integral Karate Kata (detalles)
Obra registrada en el Registro de la Propiedad Intelectual del Principado de Asturias
Número de asiento registral: 05 / 2003 / 321
Título: Kata Integral
Autor/es y titular/es originarios de los derechos
Álvarez Ruiz-Huidobro, José Ramón
D.N.I./N.I.F./Pasaporte: 10.581.863-T
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